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PLAN DE EDUCACIÓN FINANCIERA

APRENDIENDO CON BNB LEASING


  • CAPÍTULO 1: EL ARRENDAMIENTO FINANCIERO

    Desde hace varios años existe un nuevo concepto para adquirir y financiar bienes: se trata del arrendamiento financiero, también conocido como "Leasing".

    El Leasing es un contrato mediante el cual una entidad arrendadora, como BNB Leasing S.A., otorga el uso o goce temporal de un bien al arrendatario, que puede ser una persona natural o jurídica, quien se obliga a pagar una cuota periódica durante un plazo determinado.

    Esta figura, permite a los clientes (empresas o personas) acceder a bienes como ser: inmuebles, vehículos, maquinaria, equipo médico, equipamiento informático u otros pagando una cuota de arrendamiento sin necesidad de una garantía adicional y con la ventaja que genera un ahorro impositivo.

    ¿Cómo funciona?
    El cliente elige el bien que necesita y el proveedor de su confianza.
    BNB Leasing compra el activo y se lo entrega al cliente en calidad de arrendamiento durante un periodo de tiempo previamente pactado.
    El cliente le paga a BNB Leasing un canon periódico por el uso y goce del activo durante la duración del contrato.

    Vencido el contrato, el arrendatario tiene las siguientes opciones:

    • Devolver el bien arrendado al arrendatario.
    • Comprar el bien arrendado pagando un porcentaje del valor de la adquisición del bien, precio que fue previamente determinado en el contrato.

    Modalidades
    1. Leasing financiero directo, mediante esta modalidad el cliente podrá adquirir en arrendamiento financiero los activos que requiera a cambio del pago de una cuota periódica en un plazo convenido. Al término del respectivo contrato, el cliente tiene derecho a ejercer la opción de compra por un valor determinado que se pacta al inicio del mismo. El activo puede ser adquirido en Bolivia o en el exterior., BNB Leasing S.A. realiza la compra y la financia.

    2. Leaseback, modalidad de financiamiento mediante la cual el arrendatario (cliente) asume el rol de vendedor. BNB Leasing S.A. arrienda ese bien al cliente bajo un contrato de Leasing financiero con una opción de compra que posibilita la recuperación del bien por parte del arrendatario. El procedimiento permite convertir los activos en liquidez para capital de operaciones o capital de inversiones.

    Principales características

    1. La principal función del contrato de Leasing no es ceder el uso de un bien (mueble o inmueble) como pasaría en un contrato de alquiler, sino financiar su explotación. Por ello, el Leasing es una alternativa al contrato de préstamo de dinero o a otros contratos de financiación.
    2. Durante toda la vida del contrato, la entidad de Leasing (arrendador financiero) mantiene la titularidad sobre el bien objeto del contrato, sin embargo, no se hace responsable de los vicios que puedan aquejar a la cosa arrendada, pues es el arrendatario financiero (el usuario) es quien corre con los deterioros y la pérdida del dicho bien.
    3. Frente al incumplimiento del cliente en el pago de las cuotas de arrendamiento, la entidad de Leasing puede ejercer acciones declarativas o ejecutivas (si cuenta con un título de esta naturaleza para ejercitar su derecho). Además, puede resolver el contrato e instar al juez, a través de un corto procedimiento procesal, la recuperación del bien objeto del contrato. Todo ello sin perjuicio de que el cliente haga valer otras pretensiones relativas al contrato de Leasing en el procedimiento declarativo que corresponda.
    4. Como norma general, el contrato lleva aparejada una cláusula por la cual el cliente está obligado a soportar las inspecciones que sobre el bien desee hacer el propietario del mismo (entidad arrendadora de Leasing), e igualmente, el cliente está obligado a pagar a su costa un seguro al que le obliga la entidad de Leasing.

    BNB LEASING S.A. es una de las mejores alternativas de financiamiento en el mercado de Leasing, con soluciones integrales e innovadoras, complementando los servicios financieros del Grupo BNB. BNB Leasing S.A. ha desarrollado productos que se adecuan a las necesidades de los clientes:

    • Construleasing
      Financiamiento destinado para la adquisición de maquinaria pesada y equipo de construcción: palas cargadoras, volquetas, retroexcavadoras, motoniveladoras, excavadoras, hormigoneras, compactadoras y otras.
    • Transleasing
      Financiamiento para la adquisición de vehículos livianos y pesados, camionetas, automóviles, vagonetas, transporte de carga, etc.
    • Autoleasing
      Financiamiento para la adquisición de vehículos livianos, camionetas, automóviles, vagonetas, etc.
    • Agroleasing
      Financiamiento para la adquisición de maquinaria e implementos agrícolas: máquinas fumigadoras, sembradoras, cosechadoras, tractores y otras.
    • Viveleasing
      Financiamiento para la adquisición de inmuebles para uso de vivienda.
    • Compuleasing
      Financiamiento para modernizar y equipar su empresa, financiando la adquisición de equipos informáticos, de computación y electrónicos.
    • Indusleasing
      Financiamiento para adquirir maquinaria y equipo industrial para incrementar su producción y modernizar su empresa.
    • Medileasing
      Financiamiento para adquisición y equipamiento de consultorios médicos, odontológicos, empresas de servicios hospitalarios, etc.
    • Ofileasing
      Financiamiento para su empresa o negocio, destinado a la adquisición de oficinas o locales comerciales, etc.

    Ventajas de Leasing

    • Por su naturaleza, los requisitos y procesos son más sencillos que en el crédito tradicional.
    • El Leasing permite dar una respuesta rápida a las nuevas oportunidades de inversión, menor tiempo en trámites y sin hipotecas.
    • No se necesita destinar obligatoriamente bienes u otros mecanismos para garantizar la operación.
    • Al ser una compra, generalmente al contado, el cliente puede demandar mejores condiciones de venta al proveedor.
    • La totalidad de la cuota de Leasing se considera un gasto deducible, disminuyendo la base tributaria de la empresa.
    • Flexibilidad en estructurar las cuotas en función al flujo de caja de cada cliente.
    • BNB Leasing S.A. entrega al cliente una factura por cada cuota cancelada en el financiamiento de bienes muebles y vehículos.

    Aprendiendo con BNB Leasing
    Acerca del Programa

    En el marco de la ley de servicios financiaros BNB Leasing S.A. gestiona el programa de educación financiera ¨Aprendiendo con BNB Leasing ¨ que tiene por objeto informar y educar a los usuarios financieros para que estos tomen decisiones informadas al momento de contratar un financiamiento bajo la modalidad de arrendamiento financiero.

    El programa contiene también:

    • El rol de la ASFI.
    • Derechos de los usuarios financieros.
    • Obligaciones de los usuarios financieros.
    • Mecanismos de defensa al consumidor y características del beneficio CPOP.

  • CAPÍTULO 2: ROL DE LA AUTORIDAD DE SUPERVISIÓN

    ¿Qué es Asfi?
    La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), es una institución de derecho público y con jurisdicción en todo el territorio nacional, encargada de regular, controlar y supervisar los servicios financieros prestados por las entidades financieras, incluyendo aquellas que participan en el mercado de valores. Por lo tanto, es la entidad encargada de regular y supervisar la actividad de entidades como a BNB Leasing S.A.

    Sus principales funciones son:

    • Proteger los ahorros en las entidades de intermediación financiera autorizadas, fortaleciendo la confianza del público en el sistema financiero boliviano.
    • Promover el acceso universal a los servicios financieros.
    • Asegurar que las entidades financieras proporcionen medios transaccionales financieros eficientes y seguros, que faciliten la actividad económica y satisfagan las necesidades financieras del consumidor financiero.
    • Controlar el cumplimiento de las políticas y metas de financiamiento establecidas por el órgano ejecutivo del nivel central del Estado.
    • Proteger al consumidor financiero e investigar denuncias en el ámbito de su competencia.
    • Controlar el financiamiento destinado a satisfacer las necesidades de vivienda de las personas, principalmente la vivienda de interés social para la población de menores ingresos.
    • Promover una mayor transparencia de información en el sistema financiero, como un mecanismo que permita a los consumidores financieros de las entidades supervisadas, acceder a mejor información sobre tasas de interés, comisiones, gastos y demás condiciones de contratación de servicios financieros.

    Las tareas esenciales de Asfi son:
    Emitir normas para regular las actividades de intermediación financiera.
    Supervisar el cumplimiento efectivo de las normas por las entidades de intermediación financiera.

    Centros de consulta

    1. Orientación, información y atención de las consultas de los consumidores financieros.
    2. Atención a los reclamos de las entidades de intermediación financiera.
    3. Orientación sobre los servicios y productos financieros.

    Los servicios del Centro de Consultas de la ASFI son gratuitos y al alcance de todos los ciudadanos.

    ¿Qué significa que una entidad esté supervisada por ASFI?
    Una entidad financiera supervisada, es aquella que después de haber cumplido con todos los requisitos exigidos por ley, obtiene la licencia de funcionamiento otorgada por ASFI. Por lo tanto, al depositar tus ahorros o realizar cualquier tipo de transacción financiera, estás utilizando los servicios de una entidad autorizada para ello.
    Los consumidores financieros pueden verificar la relación nominal de las Entidades de Intermediación Financieras legalmente autorizadas en la página web de la ASFI www.asfi.gob.bo o llamando al número de atención gratuito 800-103-103.

    ¿Cuál es el riesgo de colocar ahorros en una entidad que no está supervisada por ASFI?
    La exposición de trabajar con una entidad que no está regulada o controlada por una instancia gubernamental especialista como es la ASFI, puede implicar riesgos superiores a los que deseas tener al momento de confiar tus recursos.
    Por lo tanto, te recomendamos que siempre acudas a una entidad supervisada por ASFI.

    Aprendiendo con BNB Leasing
    Acerca del Programa
    En el marco de la ley de servicios financiaros BNB Leasing S.A. gestiona el programa de educación financiera ¨Aprendiendo con BNB Leasing ¨ que tiene por objeto informar y educar a los usuarios financieros para que estos tomen decisiones informadas al momento de contratar un financiamiento bajo la modalidad de arrendamiento financiero.

  • CAPÍTULO 3: DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL USUARIO

    Derechos de los consumidores financieros
    A BNB Leasing S.A. le interesa informarte sobre tus derechos y obligaciones como consumidor financiero.
    Por ello, a lo largo de los capítulos 3, 4 y 5 del Programa de Educación Financiera "Aprendiendo con BNB Leasing", hablaremos de algunos principios que guiarán tu relación con las entidades reguladas -como BNB Leasing- para que puedas tener una mejor experiencia al momento de contratar productos o servicios bancarios. En estos documentos encontrarás que al interactuar con el sistema financiero adquieres derechos y que puedes protegerlos con acciones sencillas, conocerás las obligaciones que tienen contigo las entidades reguladas y sabrás acerca de los principales mecanismos de protección de tus derechos, así como de tus obligaciones.

    ¿A qué se llaman "derechos de los consumidores financieros"?
    Son aquellas facultades reconocidas a todo cliente y usuario financiero por la Ley de Servicios Financieros, Reglamento de Protección del Consumidor de Servicios Financieros, entre otras disposiciones legales, en sus relaciones con las entidades financieras.

    ¿Cuál es la diferencia entre un cliente y un usuario?
    -Cliente financiero: Persona natural o jurídica que utiliza servicios financieros mediante suscripción de contratos.
    -Usuario financiero: Persona natural o jurídica que utiliza servicios financieros sin que medie la suscripción de contratos.

    ¿Cuáles son tus derechos como consumidor financiero?

    Los derechos de un consumidor financiero son:

    1. Acceso a los servicios financieros sin discriminación por razones de edad, género, raza, religión o identidad cultural.
    2. Recibir servicios financieros de calidad, cuantía, oportunidad, y disponibilidad adecuada a tus intereses económicos.
    3. Recibir información fidedigna, clara y accesible de las entidades financieras, sobre los productos y servicios financieros que ofrecen.
    4. Recibir atención y trato digno por parte de las entidades financieras, debiendo estas actuar en todo momento con la debida diligencia.
    5. Acceso a medios o canales de reclamo eficientes, si los productos y servicios financieros no se ajustan a lo dispuesto en numerales precedentes.
    6. Confidencialidad con las excepciones establecidas por ley.
    7. Efectuar consultas, peticiones y solicitudes.
    8. Otros derechos reconocidos por disposiciones legales y reglamentarias.

    Derechos reconocidos en el Reglamento de Protección del Consumidor de Servicios Financieros

    1. Recibir educación financiera.
    2. Ser informado sobre sus derechos y las instancias de protección establecidas para la defensa de los mismos.
    3. Ser informado sobre las entidades que se encuentran autorizadas para la prestación de servicios financieros.
    4. Elegir el servicio financiero que mejor se ajuste a sus necesidades y posibilidades, pudiendo exigir explicaciones verbales y/o escritas que le posibiliten la toma de decisiones.
    5. Acceder a los servicios financieros ofrecidos por las entidades financieras en los términos establecidos en los contratos suscritos, los cuales deben respetar las condiciones generales incluidas en la documentación informativa, ofertas o publicidad difundida.
    6. Suscribir contratos que contengan cláusulas claras, legibles, unívocas y comprensibles.

    Aprendiendo con BNB Leasing

    En el marco de la ley de servicios financiaros BNB Leasing S.A. gestiona el programa de educación financiera ¨Aprendiendo con BNB Leasing ¨ que tiene por objeto informar y educar a los usuarios financieros para que estos tomen decisiones informadas al momento de contratar un financiamiento bajo la modalidad de arrendamiento financiero.

  • CAPÍTULO 4: OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS

    Obligaciones de los consumidores financieros
    En anteriores capítulos del Programa de Educación Financiera "Aprendiendo con BNB Leasing", se trató el tema relacionado a los derechos del consumidor financiero y los mecanismos establecidos para su protección. Así como existen derechos, también se establecen obligaciones que debes conocer, aplicar y cumplir como consumidor financiero.

    A continuación, citamos las principales obligaciones:

    • Cerciórate que la Entidad de Intermediación Financiera a la que acudas se encuentre autorizada y supervisada por la ASFI.
    • Infórmate sobre los productos y servicios que quieras adquirir, conociendo los costos, exclusiones, restricciones, riesgos y cualquier información relacionada con su contratación.
    • Conocer y entender los contratos que vas a firmar a momento de contratar un producto o servicio financiero.
    • Proporcionar información cierta, suficiente y oportuna a las Entidades de Intermediación Financiera al momento de solicitar un producto o servicio.
    • Aplicar las instrucciones y recomendaciones que te imparta la Entidad de Intermediación Financiera sobre el manejo de productos o servicios financieros.
    • Cumplir todo lo pactado en el momento de adquirir un producto.
    • Utilizar los productos de manera adecuada (no exponer o revelar tu PIN o clave secreta de la tarjeta de débito o crédito).
    • Conocer e informarte sobre los canales de queja o reclamo.
    • Leer todos los contratos de productos o servicios ya que ellos contienen cláusulas de obligaciones que adquieres con la Entidad de Intermediación Financiera.
    • Pagar y cumplir con las obligaciones contraídas en las fechas establecidas.
    • Conocer las obligaciones de las Entidades de Intermediación Financiera para que puedas exigir que se cumplan y respeten tus derechos.

    Con la finalidad de que conozcas las obligaciones de las Entidades de Intermediación Financiera, a continuación citamos las establecidas por el Reglamento del Consumidor de Protección del Consumidor de Servicios Financieros que de forma enunciativa y no limitativa.

    Las entidades de intermediación financiera deben:

    • Facilitar a los consumidores educación financiera para coadyuvar y promover la toma de decisiones de manera adecuada.
    • Desarrollar programas y campañas de educación financiera sobre los diferentes servicios que prestan.
    • Suministrar información y/o publicidad veraz, exacta y verificable, que permita a los consumidores realizar la comparación de los servicios ofrecidos.
    • Proporcionar los servicios financieros en las condiciones publicitadas, informadas o pactadas con los consumidores financieros y emplear estándares de seguridad y calidad en el suministro de los mismos.
    • Abstenerse de hacer cobros no permitidos, informados previamente o no pactados expresamente.
    • Brindar atención eficaz y oportuna a los adultos mayores, personas con discapacidad, mujeres en etapa de gestación, personas con bebés y niños hasta edad parvularia.
    • Resguardar debidamente la información de los consumidores financieros, de acuerdo a la normativa vigente.
    • Proporcionar a sus funcionarios una adecuada formación, para que brinden un trato respetuoso y de calidad a los consumidores financieros y les faciliten la información que requieran.
    • Identificar las necesidades de los consumidores financieros con discapacidad, tomando en cuenta sus limitaciones de actuación, sin que ello afecte o menoscabe el goce o ejercicio de los derechos que tiene toda persona.
    • Proveer los recursos humanos, físicos y/o tecnológicos para que en los Puntos de Atención Financieros se brinde una atención eficiente y oportuna.
    • Difundir el contenido del reglamento tanto a sus funcionarios, como a los consumidores financieros.
    • Responder oportunamente y en los plazos previstos a las consultas y/o reclamos formulados por los consumidores financieros.
    • Suministrar información a los consumidores financieros sobre las atribuciones y funciones de la Defensoría del Consumidor Financiero.
    • Atender los requerimientos de información efectuados por la Defensoría del Consumidor Financiero.

    RECUERDA

    1. Un consumidor financiero informado hace prevalecer sus derechos.
    2. Infórmate sobre los productos y servicios y compáralos con las de otras entidades para tomar la decisión más adecuada.

    Aprendiendo con BNB Leasing
    Acerca del Programa
    En el marco de la ley de servicios financiaros BNB Leasing S.A. gestiona el programa de educación financiera ¨Aprendiendo con BNB Leasing ¨ que tiene por objeto informar y educar a los usuarios financieros para que estos tomen decisiones informadas al momento de contratar un financiamiento bajo la modalidad de arrendamiento financiero.

  • CAPÍTULO 5: MECANISMOS DE DEFENSA AL CONSUMIDOR
    Y CARACTERÍSTICAS DEL BENEFICIO CPOP

    ¿Qué es el PUNTO DE RECLAMO?
    Con el objetivo de precautelar los derechos e intereses del consumidor financiero, todas las entidades de intermediación financiera reguladas por la Autoaridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), deben contar con un servicio de atención gratuita para atender en primera instancia y de forma oportuna los reclamos de los consumidores financieros.
    Este servicio se denomina "PUNTO DE RECLAMO" para que los clientes y usuarios ejerzan sus derechos como usuarios financieros.

    ¿Cuándo acudir a un PUNTO DE RECLAMO?
    Cuando consideres que algunos de tus derechos como consumidor financiero han sido vulnerados.

    ¿Cómo presentar un reclamo?

    • Mecanismos de reclamo – Primera instancia:
      Presente su queja ante el "Punto de Reclamo" de la entidad financiera ya sea de manera verbal o escrita. Todas las entidades de intermediación financiera tienen la obligación de habilitar este servicio. En caso de que su reclamo sea por escrito, acompáñalo con documentación que consideres necesaria.
    • El reclamo será registrado por los funcionarios de la entidad financiera, luego te entregarán un comprobante con el número único de reclamo para recabar tu respuesta. En caso de que el reclamo haya sido verbal, no olvides solicitar ese número para que puedas recabar la respuesta. Si registraste el reclamo a través de Internet, también recibirás el número de tu reclamo.
    • Respuesta
      Revisado tu caso recibirás una respuesta en un período de 5 días hábiles a partir de la fecha de reclamo. Sin embargo, existen casos en los que por la naturaleza del problema, se requiere un plazo mayor, que te será comunicado por la entidad financiera en forma escrita
      La respuesta a tu reclamo debe ser:
      • Oportuna: dentro del plazo establecido.
      • Integra: completa, exacta, imparcial y verificable.
      • Comprensible: respuesta con información clara y de fácil entendimiento.
    • Mecanismos de reclamo – Segunda instancia:
    • Si el consumidor financiero está en desacuerdo con la respuesta emitida por la entidad financiera, puede acudir en segunda instancia a la Defensoría del Consumidor Financiero de ASFI, donde presentará por medio escrito, conteniendo mínimamente los datos del reclamante, adjuntando la constancia del reclamo presentado en primera instancia a la entidad financiera y la respuesta emitida por esa institución.
    • Recuerda
      El Punto de Reclamo es una instancia que permite ejercer el derecho a reclamar sin restricciones.
      El uso de este servicio es gratuito.
      El Punto de Reclamo está identificado con un logo y ubicado en un lugar visible en las oficinas de las entidades reguladas y supervisadas por la ASFI.
    • ¿Qué es un Cliente con Pleno y Oportuno Cumplimiento de Pago (CPOP)?
    • Para que un prestatario sea considerado CPOP, su historial crediticio de pagos (HCP) o comportamiento de pago, disponible en la Central de Información Crediticia (CIC) debe reflejar que en los últimos 60 días:
      1. Cuenta mínimamente con 24, reportes mensuales, consecutivo o no.
      2. El estado de sus operaciones crediticias, en todos los meses reportados, muestra que éstas se encuentran registradas contablemente en la cuenta 131.00 “Cartera Vigente”, conforme a la nomenclatura establecida en el Manual de Cuenta para Entidades Financieras (MCEF)
      3. En los veinticuatro (24) reportes, la diferencia entre la fecha programada para el pago de la cuota y la fecha en que realizo el pago de la misma, no es mayor a tres (3) días, en no más de dos (2) cuotas continuas o cuatro (4) discontinuas.
    • Registro de clientes con Pleno y Oportuno Cumplimiento de Pago, se tomará en cuenta los siguientes aspectos:
      1. Ingreso, para ser incorporado en este Registro, el cliente debe cumplir con las condiciones antes mencionadas.
      2. Permanencia, el cliente que en función a su comportamiento de pago fue registrado como CPOP, mantendrá dicha condición, aun cuando no presente operaciones reportadas en los últimos sesenta (60) meses.
      3. Salida, el cliente será excluido del Registro de CPOP, cuando presente un estado diferente a Vigente, cuando presente diferencia entre la fecha programada para el pago de la cuota y la fecha en que realizó el pago de la misma es mayor a 3 días, en más de 2 cuotas continuas o 4 discontinuas, en un rango de 12 cuotas.
      4. Reincorporación, el cliente que fue excluido de este Registro será reincorporado tras 60 meses de su salida, en los cuales se evidencie que, mínimamente tiene registros en 24 reportes mensuales en la CIC. Si sus operaciones crediticias en todos los meses reportados se encuentran registradas contablemente en la cuenta 131.00 “Cartera vigente”. Si en los 24 reportes, la diferencia entre la fecha programada para el pago de la cuota y la fecha en qué se realizó el pago de la misma, no es mayor a 3 días, en no más de 2 cuotas continuas o 4 discontinuas.
    • Al cliente que figure en el Registro de Clientes con Pleno y Oportuno Cumplimiento de Pago se le deben conceder mejores condiciones de financiamiento en las futuras operaciones de arrendamiento.

    Beneficio

    Ampliación de plazo respecto a las condiciones inicialmente pactadas de acuerdo a lo siguiente:

    • - Ampliación de plazo más 6 meses

    Aprendiendo con BNB Leasing

    En el marco de la ley de servicios financiaros BNB Leasing S.A. gestiona el programa de educación financiera ¨Aprendiendo con BNB Leasing ¨ que tiene por objeto informar y educar a los usuarios financieros para que estos tomen decisiones informadas al momento de contratar un financiamiento bajo la modalidad de arrendamiento financiero.

    Datos de contacto
    Para más información acerca del programa ingresa a www.bnb.com.bo o escribe a bnbleasing@bnb.com.bo
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